Notas a un Proceso Electoral… Tareas pendientes...
La JCE acaba de emitir el Boletín
número 12, en el que se dan a conocer resultados finales, incluyendo candidatos
a Senadores y Diputados ganadores en 21 de las 32 provincias del País. A pesar
de esto continúan diversas acciones de protestas, de reclamos, sensatos
algunos, pertinentes otros, pero unas improcedentes y otras que solo demuestran
el total desconocimiento de las más elementales reglas del derecho, en este
caso electoral.
Algunos de los reclamos son tan
insulsos, y carentes de justificación que ponen en evidencia que algunos de los
que ostentaron candidaturas o la obtuvieron basados en su poder económico, pero
totalmente desconectados de la realidad político partidaria o que desconocen
los fundamentos sobre los que se erige el Sistema Electoral Dominicano.
De lo anterior y de diversas denuncias
de irregularidades que se han conocido hemos de dar algunas lecturas al recién pasado
proceso electoral, que aún se mantiene en su etapa de revisión y confirmación de
los resultados que arrojan las actas emitidas en cada uno de los Colegios
Electorales que funcionaron en toda la geografía nacional.
Lo primero que debemos destacar
es que, a pesar de tanto tiempo celebrando elecciones y que tenemos una Ley
Electoral cerca de cumplir 20 años, los Partidos, Dirigentes y Candidatos(y por
derivación sus Delegados), estos desconocen que el Colegio Electoral es el
recinto donde cada elector emite su voto, y donde se realiza el
escrutinio(conteo) de los mismos, y que es allí donde se elabora un Acta en la
que se recogen los resultados de dicho Colegio y que la misma además de ser
firmadas por los miembros del mismo y los delegados de los partidos(si estos lo
desean).
Lo importante, es que los
Delegados de los partidos(normalmente de los que pierden) desconocen que es en
el Colegio, al momento de levantar el acta, donde se deben realizar los reparos u observaciones y plasmarlas en la
misma, para que esto sirva de sustento a la hora de realizar o elevar algún
recurso de impugnación o anulación. La formación
de los Delegados es una tarea pendiente.
Otra cuestión desconocida por una
mayoría de los que actúan en los procesos electorales es que las Juntas
Electorales (Distrito Nacional y Municipios), son entidades que dependen de la
JCE en “materia administrativa”; pero que materia contenciosa (conflictos), sus decisiones serán recurribles ante el
Tribunal Superior Electoral (TSE), no ante la JCE. Vale decir que actúan como
si fueran un tribunal de primer grado en asuntos electorales.
Un tercer aspecto a considerar es
que la JCE y las JE deben abocarse a realizar un proceso de educación ciudadana
en materia electoral, que incluya de manera obligatoria a los Partidos Políticos
y Organizaciones Políticas reconocidas, entidades de la Sociedad Civil para capacitar
a las personas de manera regular ( no solo en anos electorales) tanto en
aspectos administrativos, legales y técnicos del proceso electoral con tiempo
suficiente. Es imposible seguir captando personal sin la más mínima preparación
académica para administrar un proceso tan complejo. Se hizo evidente, incluso
que hubo personas que no tenían la elemental
idea de cómo funcionaba la tecnología, no digamos la parte jurídica que incluso
desde los propios Secretarios, hasta los miembros de las Juntas Electorales
deben ser Politólogos o/y Abogados.
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